Acuerdo Schengen
El Acuerdo de Schengen establece la abolición
de las fronteras físicas entre los estados
firmantes. Actualmente son parte del acuerdo: Alemania,
Austria, Bélgica, Dinamarca, España,
Finlandia, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo,
los Países Bajos, Portugal y Suecia. Noruega
e Islandia, aunque no son miembros de la Unión
Europea, han firmado un acuerdo de cooperación
y aplican el Acuerdo de Schengen desde el mes de
marzo del 2001. Los aeropuertos de estos países
tienen una terminal especial para los ciudadanos
de la zona Schengen. Los nacionales de cualquier
otro país del mundo que quieran viajar por
estos países y necesiten visado, deberán
solicitar un Visado para la Zona Schengen.
Pasaporte: Se requiere pasaporte
con una validez mínima de 3 meses a contar
desde la fecha prevista para salir de los Países
Bajos, para todo el mundo excepto:
(a) 1. Ciudadanos de países de la Unión
Europea que viajen con una tarjeta nacional de identidad.
Nota: 2: Se recomienda tener billete de salida del
país, aunque no es obligatorio. A veces se
puede pedir al visitante que demuestre que tiene
suficientes fondos para costear su estadía
en el país.
VISADO: Requerido por todos, excepto
los ciudadanos de los siguientes países:
(a) Países de la Unión Europea.
(b) 3. Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile,
Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos,
Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá,
Paraguay, Uruguay y Venezuela para estancias menores
de 3 meses.
(c) Pasajeros en tránsito que continúen
su viaje en el mismo avión en el primer vuelo
de conexión, tienen la documentación
necesaria para continuar su viaje y no salgan del
aeropuerto.
Nota: Los ciudadanos
de algunos países que pasen por los Países
Bajos siempre necesitarán un visado de tránsito,
incluso cuando no salgan del aeropuerto. Se aconseja
a los pasajeros en tránsito que antes de
iniciar su viaje consulten la regulación
de tránsito en la Embajada o Consulado correspondiente.
Tipos de visados y precios: Los
turistas, viajeros de negocios y los visitantes
privados utilizan un tipo único de visado:
El Visado de la Zona Schengen. Según la duración
de la estancia hay tres tipos de visados de Schengen:
de Corta Estancia (de Turismo y de Negocios), de
Tránsito y de Tránsito de Aeropuerto.
Los precios dependen del tipo de visado y del cambio
del euro, pero costarán entre las 9 y 54
euros.
Nota: Los cónyuges
e hijos (menores de 18 años) de un ciudadano
de la Unión Europea recibirán el visado
de forma gratuita. Necesitarán el certificado
original de matrimonio, el pasaporte del cónyuge
y, para los niños, el certificado de nacimiento.
Para más detalles consultar con el Consulado
o la sección consular de la Embajada (ver
sección de Direcciones de Interés).
Validez: Visados de Corta Estancia
(con entrada única o múltiple): normalmente
tienen una validez de 6 meses desde la fecha de
emisión, con estancias de un máximo
de 90 días por entrada. Visado de Tránsito
(con entrada única o múltiple): válido
por un máximo de 5 días por entrada,
incluido el día de llegada. Los visados no
pueden prorrogarse sino que cada vez hay que hacer
una solicitud nueva.
Tramitación: En el Consulado
o la sección consular de la Embajada (ver
sección de Direcciones de Interés).
Los viajeros que sólo vayan a un país
de los firmantes del Acuerdo de Schengen deberán
solicitar el visado en el consulado de dicho país.
Los que vayan a visitar más de uno de estos
países deberán solicitar el visado
en aquél país elegido como principal
destino o, en caso de no tenerlo, solicitar el visado
al país en el que se vaya a entrar primero.
Requisitos de solicitud:
- Pasaporte (válido durante al menos 3
meses desde la fecha en la que expira la validez
del visado). Deberán tener páginas
en blanco donde poder estampar el sello del visado.
- Impreso de solicitud cumplimentado.
- Fotografía/s de tamaño pasaporte.
- Prueba de solvencia económica que demuestre
que el solicitante puede costearse la estancia.
- Pago de la tasa.
- En ciertos casos hará falta una carta
en la que se indique el propósito de la
visita o se confirme la reserva del alojamiento.
- Para visados de negocios, hará falta
una carta reciente de la empresa en la que trabaja
el solicitante o de un abogado, el gerente de
un banco o de la Cámara de Comercio local.
Nota: El número
de formularios y de fotos dependerá de la
nacionalidad del solicitante.
Tiempo de tramitación: Entre 24 horas y 6
semanas, dependiendo de la nacionalidad y estatuto
de residente del solicitante. Para más detalles
consultar con el Consulado o Embajada.
Permiso de residencia: Los ciudadanos
que no pertenezcan a la Unión Europea y quieran
permanecer en el país necesitarán
solicitar permiso de residencia y de trabajo.
|