Asistencia Social Italiana
¿Qué
quiere decir indigente?
Si considera indigente una persona que no puede por motivos
de ingresos anuales, de edad, de situación familiar
o de salud, hacerse cargo de los gastos para su subsistencia
y a la de grupo familiar.
¿Cómo se
obtiene la asistencia del Consulado?
Para obtener la asistencia es necesario hacer conocer
la propia situación de grave necesidad, presentándose
personalmente (en caso de imposibilidad podrá presentarse
un familiar, un amigo, un conocido) en el Consulado, enviando
una carta o llamando por teléfono.
El Consulado se ocupará de enviar a un asistente
social que deberá realizar una visita a domicilio
y un atento análisis de la situación de
la persona interesada con el fin de evaluar la posibilidad
de asistencia.
¿Qué son
los subsidios?
Se trata de sumas de dinero erogadas por el Consulado
General para hacer frente a las más imperiosas
necesidades de orden material de los compatriotas más
necesitados. Tales subsidios (que pueden ser ordinarios
o extraordinarios, según el importe) se pagan en
base a las disponibilidades de balance y no pueden representar
de ningún modo una prestación de carácter
continuativo, obligatorio, o de naturaleza jubilatoria.
¿Es posible obtener
la asistencia del Consulado?
El Consulado brinda distintas formas de asistencia médico-sanitaria
(tratamientos ambulatorios, internaciones hospitalarias
y asistencia farmacéutica) reservadas a los ciudadanos
italianos indigentes.
A través de las convenciones estipuladas por el
Consulado con el Hospital Italiano y otras instituciones,
los ciudadanos italianos, residentes en nuestra jurisdicción,
pueden beneficiarse de tratamientos ambulatorios, internaciones
hospitalarias y asistencia farmacéutica.
Los interesados deben
dirigirse a la Oficina Asistencia Social del Consulado
General de Buenos Aires, que se encuentra en la 4°
Piso, cito en Marcelo T. de Alvear 1125, Capital Federal,
de lunes a viernes de 8 a 11 hs.
Responsables Sra. Falzoi |