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Servicio Militar Italiano (Regularización)

Atención al público: miércoles y viernes de 08:30 a 12:00 hs.

La obligación de regularizar la posición militar o de enrolarse, rige entre los 18 y los 45 años de edad.
El servicio militar en Italia es obligatorio y se extiende desde el cumplimiento de los 18 años de edad hasta los 27 años cumplidos.
Quedan exentos los ciudadanos que residan fuera del territorio italiano.

Enrolamiento

Los ciudadanos italianos deben enrolarse al cumplir los 18 años de edad.
La obligación de enrolarse rige hasta los 45 años.
Quienes hayan obtenido el reconocimiento de la ciudadanía italiana (dobles ciudadanos) deben enrolarse en el momento en que reciben la comunicación consular de tal reconocimiento.

Quienes no cumplimentaran el trámite de enrolamiento, se verán expuestos a ser declarados "renitentes" (infractores a la Ley del servicio militar italiano).-

Documentación necesaria para enrolarse

Original y fotocopia del DNI con domicilio actualizado.
Comunicación consular (si la tuviera) del reconocimiento de la ciudadanía italiana.

Los nacidos en Italia o quienes provengan de otra circunscripción consular, deben solicitar previamente su inscripción en el Anágrafe Consular de Córdoba, este trámite puede ser realizado en cualquiera de las oficinas consulares de esta circunscripción (ver capítulo referido a las Oficinas dependientes de este Consulado General).

En caso de no poder efectuar el trámite de enrolamiento en las Oficinas consulares, los interesados podrán enviar por correo el adjunto formulario con fotocopias de la documentación antes mencionada.

Para quienes viven fuera de Italia, la obligación de enrolarse rige a partir de los 18 años y hasta los 45 años de edad.
Quiénes se transfieran definitivamente a Italia y tuvieran entre 18 y 27 años de edad, deberán cumplir con las obligaciones militares.

Entre los motivos para ser exceptuados de la obligatoriedad del servicio militar, está el que prevé el Decreto Ministerial del 30.07.2001 (Gazzetta Ufficiale, serie generale, N.; 197 del 25.8.2001) que se refiere a los ciudadanos enrolados en edad de hacer el servicio militar que demuestren - directamente a las Autoridades del Distrito Militar - que han sido seleccionados por entes públicos o privados para ser asumidos como trabajadores dependientes con contrato no inferior a nueve meses.

Sin embargo, con una nueva circular (la número LEV 002190 del 30.5.2002), se establece un NUEVO BENEFICIO para los jóvenes connacionales provenientes de la Argentina que residan en Italia desde hace menos de un año: para ser eximidos deberán presentar propuestas o contratos de trabajo, por tiempo determinado o indeterminado , de cualquier tipología prescindiendo de su duración; deberán presentar además documentación apta a demostrar que el interesado proviene de la Argentina con certificación que atestigüe la fecha de entrada en Italia.-

ES INDISPENSABLE COMUNICAR a este Consulado General eventuales cambios de domicilio o de residencia.

Formulario de Solicitud de Enrolamiento

AL CONSOLATO GENERALE D'ITALIA
Ufficio Leva
Io sottoscritto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

nato a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . il . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

residente in . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (Argentina)

Codice Postale . . . . . . . . . . . . . .

via . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . n° . . . . . . . . . . . .


ritenendomi idoneo a prestare servizio militare, prego codesto Consolato Generale di volermi considerare "abile arruolato", dispensandomi dal prestare servizio militare in tempo di pace e finché perduri la mia residenza all'estero o comunque fino al compimento del 45° anno di etá.
Allego alla presente fotocopia dei seguenti documenti:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Con osservanza.

Luogo e data: . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Firma: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

(*) TRADUCCIóN : Yo suscripto …, nacido en … el …(localidad y fecha de nacimiento), residente en la ciudad de … (Argentina) - Código Postal … - calle … nº …, considerándome idóneo para prestar servicio militar, solicito a ese Consulado General quiera considerarme como "hábil enrolado" eximiéndome de prestar servicio militar en tiempo de paz y hasta que perdure mi residencia fuera de Italia o de todas maneras hasta el cumplimiento de los 45 años de edad.--- Adjunto a la presente mi documento de identidad.---- Lugar y fecha.---- Firma.---

Importante:

Quienes viajen a Italia por un periodo de tiempo limitado (turismo, becas, etc.) y tuvieran entre 18 y 27 años de edad, deberán solicitar una autorización a la oficina "leva" del Consulado de Italia para ser eximidos del servicio militar por ese período.
La entrada a Italia sin la antes mencionada autorización o bien la permanencia en Italia después del vencimiento de la misma, implica la anulación del beneficio de eximición al servicio militar de los ciudadanos italianos residentes fuera de Italia y la consecuente obligación de presentarse al primer llamado a las armas.


Quienes se transfieran definitivamente a Italia y tuvieran entre 18 y 27 años de edad, deberán cumplir con las obligaciones militares.
Entre los motivos para ser exceptuados de la obligatoriedad del servicio militar, está el que prevé el Decreto Ministerial del 30.07.2001 (Gazzetta Ufficiale, serie generale, N° 197 del 25.8.2001) que se refiere a los ciudadanos enrolados en edad de hacer el servicio militar que demuestren - directamente a las Autoridades del Distrito Militar - que han sido seleccionados por entes públicos o privados para ser asumidos como trabajadores dependientes con contrato no inferior a nueve meses.

 

 
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