Servicio Militar Italiano (Regularización)
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Atención
al público: miércoles y viernes
de 08:30 a 12:00 hs.
La obligación de regularizar la posición
militar o de enrolarse, rige entre los 18
y los 45 años de edad.
El servicio militar en Italia es obligatorio
y se extiende desde el cumplimiento de los
18 años de edad hasta los 27 años
cumplidos.
Quedan exentos los ciudadanos que residan
fuera del territorio italiano. |
Enrolamiento
Los ciudadanos italianos deben enrolarse al cumplir
los 18 años de edad.
La obligación de enrolarse rige hasta los
45 años.
Quienes hayan obtenido el reconocimiento de la ciudadanía
italiana (dobles ciudadanos) deben enrolarse en
el momento en que reciben la comunicación
consular de tal reconocimiento.
| Quienes no cumplimentaran el trámite
de enrolamiento, se verán expuestos a
ser declarados "renitentes" (infractores
a la Ley del servicio militar italiano).- |
Documentación necesaria para enrolarse
Original y fotocopia del DNI con domicilio actualizado.
Comunicación consular (si la tuviera) del
reconocimiento de la ciudadanía italiana.
| Los nacidos en Italia o quienes provengan
de otra circunscripción consular, deben
solicitar previamente su inscripción
en el Anágrafe Consular de Córdoba,
este trámite puede ser realizado en cualquiera
de las oficinas consulares de esta circunscripción
(ver capítulo referido a las Oficinas
dependientes de este Consulado General). |
En caso de no poder efectuar el trámite
de enrolamiento en las Oficinas consulares, los
interesados podrán enviar por correo el adjunto
formulario con fotocopias de la documentación
antes mencionada.
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Para quienes viven
fuera de Italia, la obligación de enrolarse
rige a partir de los 18 años y hasta
los 45 años de edad.
Quiénes se transfieran definitivamente
a Italia y tuvieran entre 18 y 27 años
de edad, deberán cumplir con las obligaciones
militares. |
Entre los motivos para ser exceptuados de la obligatoriedad
del servicio militar, está el que prevé
el Decreto Ministerial del 30.07.2001 (Gazzetta
Ufficiale, serie generale, N.; 197 del 25.8.2001)
que se refiere a los ciudadanos enrolados en edad
de hacer el servicio militar que demuestren - directamente
a las Autoridades del Distrito Militar - que han
sido seleccionados por entes públicos o privados
para ser asumidos como trabajadores dependientes
con contrato no inferior a nueve meses.
Sin embargo, con una nueva circular (la número
LEV 002190 del 30.5.2002), se establece un NUEVO
BENEFICIO para los jóvenes connacionales
provenientes de la Argentina que residan en Italia
desde hace menos de un año: para ser eximidos
deberán presentar propuestas o contratos
de trabajo, por tiempo determinado o indeterminado
, de cualquier tipología prescindiendo de
su duración; deberán presentar además
documentación apta a demostrar que el interesado
proviene de la Argentina con certificación
que atestigüe la fecha de entrada en Italia.-
ES INDISPENSABLE COMUNICAR a este Consulado General
eventuales cambios de domicilio o de residencia.
Formulario de Solicitud de Enrolamiento
AL CONSOLATO GENERALE D'ITALIA
Ufficio Leva
Io sottoscritto. . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . .
nato a . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . il . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . .
residente in . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . (Argentina)
Codice Postale . . . . . . . . . . . . .
.
via . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . n° . . . . . . . . . . . .
ritenendomi idoneo a prestare servizio militare,
prego codesto Consolato Generale di volermi
considerare "abile arruolato", dispensandomi
dal prestare servizio militare in tempo di
pace e finché perduri la mia residenza
all'estero o comunque fino al compimento del
45° anno di etá.
Allego alla presente fotocopia dei seguenti
documenti:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Con osservanza.
Luogo e data: . . . . . . . . . . . . . .
. . . . .Firma: . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . .
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(*) TRADUCCIóN : Yo suscripto …, nacido
en … el …(localidad y fecha de nacimiento),
residente en la ciudad de … (Argentina) -
Código Postal … - calle … nº
…, considerándome idóneo para
prestar servicio militar, solicito a ese Consulado
General quiera considerarme como "hábil
enrolado" eximiéndome de prestar servicio
militar en tiempo de paz y hasta que perdure mi
residencia fuera de Italia o de todas maneras hasta
el cumplimiento de los 45 años de edad.---
Adjunto a la presente mi documento de identidad.----
Lugar y fecha.---- Firma.---
Importante:
Quienes viajen a Italia por un periodo de tiempo
limitado (turismo, becas, etc.) y tuvieran entre
18 y 27 años de edad, deberán solicitar
una autorización a la oficina "leva"
del Consulado de Italia para ser eximidos del servicio
militar por ese período.
La entrada a Italia sin la antes mencionada autorización
o bien la permanencia en Italia después del
vencimiento de la misma, implica la anulación
del beneficio de eximición al servicio militar
de los ciudadanos italianos residentes fuera de
Italia y la consecuente obligación de presentarse
al primer llamado a las armas.
Quienes se transfieran definitivamente a Italia
y tuvieran entre 18 y 27 años de edad, deberán
cumplir con las obligaciones militares.
Entre los motivos para ser exceptuados de la obligatoriedad
del servicio militar, está el que prevé
el Decreto Ministerial del 30.07.2001 (Gazzetta
Ufficiale, serie generale, N° 197 del 25.8.2001)
que se refiere a los ciudadanos enrolados en edad
de hacer el servicio militar que demuestren - directamente
a las Autoridades del Distrito Militar - que han
sido seleccionados por entes públicos o privados
para ser asumidos como trabajadores dependientes
con contrato no inferior a nueve meses.
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