Permesso di soggiorno in attesa cittadinanza
CIRCULAR N. 28 del 23/12/2002
OBJETO: Inscripción anagráfica
de los descendientes de ciudadanos italianos por
nacimiento, para el reconocimiento de la ciudadanía
italiana.
Ha sido presentado por más partes en éste
Departamento el Comportamiento diferente tenido
por las oficinas demográficas comunales italianas
para inscribir descendientes de italianos por en
posesión de un permiso válido de Residencia,
condición indispensable para encaminar en
Italia el procedimiento para el reconocimiento de
la ciudadanía italiana “Jure Sanguinis”.
Por lo tanto, luego de un profundo examen de la
problemática se retiene el deber de impartir
la siguiente disposición, con los fines de
garantizar la paridad de tratamiento de los sujetos
interesados y de evitar las mismas ulteriores incomodidades,
agilizando con más velocidad los procedimientos
previstos.
Y por lo tanto, viendo nuevamente la orientación
expresada en otras ocasiones, se retiene que se
deba proceder a la inscripción en los libros
demográficos de los descendientes de los
ciudadanos italianos por nacimiento que posean un
permiso válido de Residencia independientemente
de la duración del mismo y del titulo por
el cual viene concedido.
Por la otra parte del contexto general del d. lgs.
25 de Julio 1998, n 286 y del reglamento de actuación
del mismo adoptado con el d. P.R. 31 de Agosto de
1999. n. 394 emerge que los extranjeros en posesión
de la Residencia pueden ser inscriptos en el anágrafe
de la población residente, y prescindir de
la duración de la posesión misma,
como figura en artículo 6, inciso 7 del citado
d. Lgs. N. 286/1998.
A los señores Gobernadores Civiles se pide
de querer comunicar a los Alcaldes el contexto de
la presente circular.
El Director
Central (Ciclosi)
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